¿El seguro de desgravamen ya no es obligatorio? Esto es lo que nadie te está contando

Si tienes préstamos personales, una tarjeta de crédito o un crédito vehicular, hay un cambio que ya entró en vigencia y que puede afectar directamente a tu familia cuando ya no estés.

Desde el 9 de septiembre de 2025, la Resolución SBS N° 00890-2025 eliminó la obligatoriedad del seguro de desgravamen en la mayoría de los créditos de consumo. Suena a buena noticia —y en parte lo es— pero hay una consecuencia que pocos están entendiendo bien.

Si falleces con deudas y sin seguro de desgravamen, tus acreedores pueden cobrar esa deuda directamente de tu patrimonio antes de que llegue a manos de tus herederos.

En KCS Corredores de Seguros llevamos más de 10 años ayudando a familias peruanas a entender este tipo de cambios antes de que los afecten. Aquí te explicamos todo lo que necesitas saber.

¿Qué es el seguro de desgravamen y qué cambió exactamente?

El seguro de desgravamen es una póliza vinculada a un crédito que, en caso de que el titular fallezca o quede con invalidez total y permanente, paga el saldo pendiente a la entidad financiera. En otras palabras, evita que esa deuda caiga sobre tu familia o tu patrimonio.

Históricamente, los bancos lo incluían de forma casi automática en préstamos personales, vehiculares y tarjetas de crédito. Muchos peruanos lo pagaban sin saber que existía o sin entender para qué servía.

La Resolución SBS N° 00890-2025, publicada el 7 de marzo de 2025 y vigente desde el 9 de septiembre de 2025, cambió las reglas:

  • Créditos hipotecarios: el seguro de desgravamen SIGUE siendo obligatorio.
  • Préstamos personales, vehiculares y tarjetas de crédito: el seguro de desgravamen ahora es OPCIONAL.
  • Créditos MYPE: también pasan a esquema voluntario.

Los bancos están obligados a ofrecerte las dos opciones y deben obtener tu consentimiento expreso para incluir el seguro.

El riesgo real: tu patrimonio en juego

Aquí viene la parte que las noticias no están explicando con claridad suficiente.

Cuando una persona fallece, sus deudas no desaparecen. Según el Código Civil peruano, los acreedores —los bancos, financieras, etc.— tienen derecho a cobrar esas deudas de la masa hereditaria, es decir, de todo lo que esa persona deja como patrimonio, ANTES de que los herederos puedan recibir algo.

Tus herederos no tienen que pagar con su propio dinero, pero tu patrimonio —esa casa, ese terreno, esos ahorros— sí se usa primero para liquidar las deudas.

Un ejemplo concreto:

Patrimonio a heredar: S/ 120,000

Deudas pendientes (sin seguro de desgravamen): S/ 95,000

Lo que realmente recibe tu familia: S/ 25,000 Y si las deudas superan el patrimonio, la herencia es cero. No queda nada para distribuir

Este escenario era improbable antes de septiembre 2025, cuando el desgravamen se aplicaba automáticamente. Hoy, si firmaste un crédito nuevo sin seguro, ese riesgo es completamente real.

Las 4 cosas clave que debes entender ahora mismo

  • Tus herederos NO pagan con su propio dinero: pero el patrimonio que ibas a dejarles sí se reduce para pagar las deudas. No es lo mismo.
  • El crédito hipotecario sigue protegido: la obligatoriedad del desgravamen se mantiene en préstamos de vivienda. Eso no cambia.
  • Si ya tenías el seguro, sigue vigente: los contratos anteriores mantienen sus condiciones. El cambio aplica a nuevos créditos desde el 9 de septiembre de 2025.
  • Las entidades deben informarte: si un banco no te ofrece la opción sin seguro o te lo cobra sin tu consentimiento expreso, está incumpliendo la norma.

¿Qué puedes hacer para proteger a tu familia?

La respuesta no es necesariamente volver a contratar el desgravamen tal cual. En muchos casos, hay una alternativa mejor: un Seguro de Vida independiente del crédito.

¿Por qué un Seguro de Vida puede ser mejor opción?

  • No está atado a ningún crédito específico: cubre a tu familia completa, no solo paga una deuda.
  • Puedes elegir a tus beneficiarios: tú decides quién recibe el capital, no lo decide el banco.
  • Funciona como inversión o ahorro: algunos productos incluyen capitalización y devolución.
  • Flexibilidad total: el monto asegurado se adapta a tus necesidades reales, no solo al saldo del crédito.
  • Protección + patrimonio: no solo proteges lo que tienes hoy, construyes lo que dejarás mañana.

Puedes incluso endosar un Seguro de Vida a favor de tu entidad financiera hasta por el monto adeudado, cumpliendo el requisito del crédito hipotecario —si aplica— y al mismo tiempo obteniendo mejores condiciones que las que el banco te ofrece directamente.

No se trata solo de cubrir una deuda. Se trata de que tu familia reciba lo que te esforzaste toda la vida en construir.

En KCS, estamos presentes cuando más nos necesitas

En KCS Corredores de Seguros entendemos que tomar decisiones sobre seguros no es simple. Hay mucha información confusa, y cada familia tiene una situación distinta.

Por eso no vendemos pólizas genéricas: analizamos tu caso y te ayudamos a encontrar la mejor alternativa para proteger a los tuyos.

Lo que hacemos por ti:

  • Análisis de impacto de la nueva normativa en tu situación específica
  • Revisión de tus contratos crediticios actuales
  • Planificación patrimonial y sucesoria preventiva
  • Comparación real de seguros de vida vs. desgravamen
  • Asesoría sin costo inicial y con respuesta en 24 a 48 horas

Estamos Presentes. Estamos Cerca. Eso no es un eslogan: es la forma en que trabajamos.

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